Es común en nuestro medio profesional, escuchar historias que bien pueden haber salido de películas, o prestarse a ellas. Sin embargo, no todas suponen una vulneración a derechos que merezcan la intervención del juez constitucional. En esta ocasión, te ofrecemos 3 elementos que te ayudaran a identificar una vulneración de derechos constitucionales.

1. Por la gravedad del acto u omisión 

Para este punto es determinante distinguir que las presuntas vulneraciones de derechos que se alegan a través de una acción o garantía jurisdiccional, no requieren tener el carácter de graves para ser tuteladas por las y los jueces constitucionales. A esta regla le aplica dos excepciones: salvo en el caso de ser interpuesta en contra de particulares y en caso de medidas cautelares.

Por lo tanto, la gravedad será un elemento determinante cuando la vulneración provenga de un particular, o bien cuando se busque cesar, evitar o interrumpir la comisión de una violación de derechos mediante una medida cautelar.

Lo anotado es fundamental cuando encontramos que la vulneración al derecho proviene de la administración pública, pues en caso de existir tal vulneración, su gravedad es irrelevante, y debe ser declarada y reparada sin más.

2. Por su contenido

Para reconocer el contenido de un derecho, es necesario distinguir, en primer lugar, su composición y sabemos que los derechos se encuentran compuestos por varias esferas de protección. La capa externa de cada derecho es la que corresponde a su ejercicio en la vida diaria del individuo y su interacción con su entorno social, familiar, ecológico y espiritual. 

En la siguiente esfera, la de la legalidad, es la que protege esas relaciones del individuo cuando producen efectos jurídicos, es decir, trabajar, utilizar servicios públicos, comprar, vender, contratar, etc. En esta esfera, los actos del individuo están permitidas, mandadas o prohibidas por la Ley.

Por su parte, la esfera constitucional del derecho protege la condición de ser humano de su titular. Dicho de otra manera, es aquella parte del derecho sin la cual se le privaría de su condición de persona, su dignidad humana. Tal es el caso de los derechos reconocidos en los tratados y convenios internacionales de derechos humanos y los consagrados en el propio texto constitucional.

3. Por su práctica o ejercicio

Finalmente, el elemento que caracteriza una vulneración a un derecho constitucional, recae en una interrogante: ¿el acto u omisión que se produce, permite la práctica o ejercicio del derecho? Si la respuesta a esta pregunta es negativa, estaremos de manera inequívoca ante una vulneración del derecho identificado en los puntos anteriores. Por el contrario, si el derecho no deja de ser practicable en el ámbito observado, bien puede ser aún objeto de tutela por las vías legales ordinarias. 

Con los elementos presentados, tenemos la seguridad de encontrar vulneraciones a derechos constitucionales cuando las vemos, y de acertar en la vía más adecuada cuando no. Por ello, en Legal Access ponemos nuestro criterio jurídico a tu alcance y te ofrecemos nuestros servicios para asistirte en la protección de tus derechos de manera técnica, completa y válida, para que surta los efectos que el orden jurídico prevé. Da clic aquí si quieres contactarte con uno de nuestros especialistas.

Fabian soto cordero
master en derecho constitucional

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