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En el blog anterior conversamos sobre qué es una responsabilidad civil culposa desde la aplicación de la Contraloría General del Estado, pero ¿sabías que no es el único tipo de responsabilidad que existe? La Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado reconoce también a la responsabilidad administrativa culposa. En el blog de hoy hablaremos de en qué consiste, sus consecuencias y a partir de todo esto qué la diferencia de la responsabilidad civil culposa.

¿Qué es una responsabilidad administrativa culposa?

La responsabilidad administrativa culposa según la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado [LOCGE], corresponde a autoridades, dignatarios, funcionarios y servidores de las instituciones del Estado sobre incumplimiento de atribuciones, funciones, deberes y obligaciones que les competen por razón de su cargo o de estipulaciones contractuales.

Sobre estos incumplimientos el articulado reconoce 14 situaciones bajo las cuales la responsabilidad administrativa culposa se determinaría, entre las causales se incluyen la falta de indicadores de gestión, abuso de poder, violación de la ley, corrupción, omisiones en la gestión financiera o la planificación, y la falta de transparencia.

Los funcionarios también pueden ser responsables si no toman medidas correctivas ante auditorías, incumplen las normativas de control o no colaboran con organismos de fiscalización, entre otras acciones que contravengan las disposiciones legales vigentes

Los funcionarios y servidores del Estado, así como los representantes de entidades con participación estatal, que incurran en faltas administrativas derivadas de auditorías, enfrentan sanciones. Pero incluso la LOCGE identifica a dos tipos de sanción bajo responsabilidad administrativa culposa: sanción por falta administrativa y sanción por contravención. 

¿Cuál es la diferencia entre una sanción por falta administrativa y una sanción por contravención?

Por una parte, las sanciones por faltas administrativas se aplican a dignatarios, autoridades, funcionarios, servidores públicos, y representantes de personas jurídicas privadas con participación estatal. Para establecer la sanción se consideran ciertos factores como la jerarquía del infractor; la gravedad de la falta; el volumen de recursos comprometidos; e incluso, si es reincidente.

Las formas de sancionar incluyen una multa de una a veinte remuneraciones básicas unificadas del trabajador del sector privado, al dignatario, autoridad, funcionario o servidor, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar, de acuerdo a la gravedad de la falta cometida, pudiendo además ser destituido del cargo.

Por otra parte, las sanciones por contravención son aplicables para personas naturales, representantes legales de personas jurídicas privadas o terceros. Está más enfocada en el incumplimiento de obligaciones procesales durante auditorías gubernamentales como no haber comparecido como testigo; exhibición de documentos o registros; proporcionar confirmaciones escritas sobre las operaciones y transacciones que efectúen o hubieren efectuado con las instituciones del Estado sujetas a examen. La sanción emitida por la Contraloría General del Estado será de diez a quinientos dólares.

¿Qué puedes hacer si te determinan una responsabilidad administrativa culposa?

En Legal Access garantizamos no solo el cumplimiento de tus derechos, sino también ofrecemos una defensa oportuna y adecuada para cada caso. Ante la errónea determinación de una responsabilidad administrativa culposa, el derecho a la defensa es indispensable. Contáctanos aquí.

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